martes, 14 de febrero de 2017

¿TE PUEDEN DESPEDIR POR FALTAS JUSTIFICADAS?


¿QUE SE ENTIENDE POR FALTA JUSTIFICADA?

Por falta justificada se entiende no asistir al trabajo por un motivo que lo justifique 

En general en caso de que sea falta justificada, si se produce el despido seria improcedente, aunque la empresa tiene derecho a descontar la parte proporcional del sueldo al empleado, pero cuando las faltas aun siendo justificadas superan los porcentajes que se indican en el artículo siguiente si que pueden ser causa de despido procedente.

Según el articulo 52. d) del Estatuto de los Trabajadores,  el contrato podrá extinguirse por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20 por 100 de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25 por 100 en cuatro meses discontinuos dentro de un período de doce meses, siempre que el índice de absentismo total de la plantilla del centro de trabajo supere el 5 por 100 en los mismos períodos de tiempo.


No se computaran como falta de asistencia  los siguientes casos:

- Huelga legal
- El ejercicio de actividades de representación legal de los trabajadores
- Accidente de trabajo
- Maternidad
- Riesgo durante el embarazo
- Enfermedades causadas por embarazo
- Parto o lactancia
- Licencias y vacaciones
- Enfermedad o accidente no laboral
- Situación física o psicológica derivada de violencia de género




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